miércoles, 22 de julio de 2015

FESC - DERECHO CONSTITUCIONAL COLOMBIANO




ASIG. CULTURA CIUDADANA Y VALORES.

ABG, ESP LEONARDO YOTUHEL DIAZ G.





GUIA EVALUATIVA, XXX 201X.
METODO A APLICAR; Respuesta argumentativa.
Nota Bibliografía; temas de clase y película “Retrato en un Mar de Mentiras”.

"YA NO ME HORRORIZAN LOS ACTOS MALOS DE LA GENTE MALA, SINO LA INDIFERENCIA DE TANTA GENTE BUENA".
MARTIN LUTHER KING

  1. Realice un relato no inferior a una cuartilla sobre el eje temático central de la película, “Retrato en un mar de mentiras”.
  2. ¿Qué es el desplazamiento?.
  3. ‘¿Qué es arraigo y desarraigo?.
  4. ¿En la película quien son los mocha cabezas?.
  5. ¿Quién e que representa Marina en la película?.
  6. ¿Identifique en la película;
6.1.        ¿Quiénes representan al estado?
6.2.        ¿Cuál es el rol de la autoridad (estado) que asume en la problemática planteada?.
  1. Dese su perspectiva como estudiante de pregrado responda ¿cuál es el rol que asume el Estado Colombiano frente;
7.1.        Violencia Intrafamiliar.
7.2.        Seguridad social.
7.2.1.   Trabajo.
7.2.2.   Educación.
7.2.3.   Salud.

  1. ¿Quiénes influyen en la problemática de violencia (desplazamiento), y de qué forma lo hacen.- tenga en cuenta lo expresado en el artículo constitucional número seis (6). Argumente su respuesta.
  2. Valore la actividad;

Buena.


Mala.


Te dejo enseñanza.


No te dejo enseñanza.


Te sensibilizo


Es indiferente


Es pertinente con el tema


No es pertinente con el tema


Observaciones;




TEMA PARA PRIMER PREVIO;
Joven discente a continuación encontrara la dirección donde puedes ver las diapositivas; (copiarla en la barra superior e ingresar).

http://dl.dropbox.com/u/62898884/1CONSTITUCION%20Y%20PARTICIPACION%2C%20UNIDAD%201.ppt



(PRIMER DOCUMENTO DE DERECHO CONSTITUCIONAL) http://www.semana.com/nacion/paso-paso-del-proceso-constituyente/154714-3.aspx
( SEGUNDO DOCUMENTO DE DERECHO CONSTITUCIONAL) http://www.semana.com/nacion/constitucion-politica-1991-posibilita-construir-paz/159492-3.aspx
( TERCER DOCUMENTO DE DERECHO CONSTITUCIONAL)
http://www.semana.com/nacion/del-sancocho-nacional-constitucion-del-91/153882-3.aspx
( CUARTO DOCUMENTO DE DERECHO CONSTITUCIONAL)
http://www.eltiempo.com/justicia/los-dramas-generados-por-el-incumplimiento-de-sentencia-del-aborto_10493047-4
http://www.elespectador.com/impreso/temadeldia/articulo-303359-peligro-borrachos-al-volante

responde segun el tema

1.    En Colombia es permitido legalmente el aborto?.
2.    Si su respuesta al cuestionamiento anterior fue afirmativa, justifique en que eventos será permitido el aborto?
3.    Quien es la autoridad colombiana que autoriza el procedimiento del aborto?.
4.    Argumente basado en el articulo la efectividad del tema, y si usted está de acuerdo o no con la práctica.
5.    Cuál es su opinión al tema de más de 60 mil muertos en 10 años. Usted he estado en que posición y que acciones ha emprendido frente al tema.

http://www.semana.com/nacion/constituciones-hacen-reglas-juego-pero-no-pueden-decidir-como-actuan-jugadores/161502-3.aspx
http://www.semana.com/nacion/anecdota-redaccion-constitucion/159607-3.aspx
http://www.semana.com/on-line/26-reformas-constitucion/113414-3.aspx
http://www.semana.com/opinion/constitucion-politica-fenomeno-nina-mensaje-corintios/161499-3.aspx
http://www.semana.com/nacion/ilusiones-desvelos-antonio-narino-ven-reflejados-hoy-dia-nuestra-constitucion/160288-3.aspx
http://www.semana.com/nacion/constitucion-del-91-ni-mockus-ni-fajardo-ni-hubieramos-salido-elegidos-alcaldes/159915-3.aspx
http://www.semana.com/opinion/constitucion-bajo-fuego/159559-3.aspx
http://www.semana.com/nacion/constitucion-politica-1991-posibilita-construir-paz/159492-3.aspx
http://www.semana.com/nacion/partir-constitucion-1991-tenemos-derecho-no-tratados-como-bestias/159357-3.aspx
http://www.semana.com/nacion/constitucion-del-91-derechos-mujer/159072-3.aspx
http://www.semana.com/nacion/constitucion-derechos-humanos/157333-3.aspx
http://www.semana.com/nacion/participacion-juvenil-constitucion/155688-3.aspx

PROYECTO DERECHO DE LOS NIÑOS
http://es.wikipedia.org/wiki/Derechos_del_ni%C3%B1o


PARA OPINAR
http://www.laopinion.com.co/noticias/index.php?option=com_content&task=view&id=378953&Itemid=78

http://www.terra.com.co/elecciones_2011/votebien/html/vbn1380-elecciones-2011-25-municipios-criticos.htm

LINK PARA EL VIDEO DE LA DEFINICION DE LOS DERECHOS HUMANOS
http://www.youtube.com/watch?v=ukdWVsnMA9g&noredirect=1

TEMAS DEL ULTIMO PREVIO
http://www.semana.com/multimedia-politica/sintio-bogotazo/571.aspx


¿QUE ES EL DERECHO CONSTITUCIONAL?
Es una rama del derecho que define, a través de la constitución escrita y de su doctrina, la forma del Estado, sus principios, su organización, los mecanismos de participación, los derechos fundamentales, las facultades de los entes territoriales, las funciones de los órganos de control y las funciones de las ramas del poder público.

¿QUÉ ES LA NORMA?
Es una disposición creada por un órgano especial democrático ( el congreso, el Parlamento) o autocrático, como una dictadura, que define una materia en particular y va dirigida a todos los ciudadanos. Algunas normas tienen implícita una sanción.

CLASES DE NORMAS: ÉTICAS, MORALES Y JURÍDICAS
Desde el principio de las civilizaciones las normas fueron de origen religioso, como la Biblia o el Corán. Aunque otras no tenían en cuenta este factor: el código de Hamurabi, el código de Manú. Se buscaba regular las relaciones entre la personas y sus propiedades, y su relación con el Imperio y la religión, considerando al monarca como representante de dios en la tierra Las normas eran de tipo moral o ético ya que primaba la relación con Dios y con su iglesia antes que las relaciones entre los hombres. El pecado era castigado severamente (como las ordalías, la inquisición) Actualmente algunas normas siguen siendo morales , otra son de comportamiento, aunque no son de obligatorio cumplimiento. Son creadas por medio de la costumbre desde tiempos inveterados. Las normas morales están ligadas con valores del derecho natural (o inherentes a la persona humana) pero buscan un control social más que la justicia o la equidad. Las normas de comportamiento se refieren a la urbanidad y al decoro de las actuaciones sociales. Su “sanción” es el desprecio o rechazo social.

LAS NORMAS JURÍDICAS: En la antigua Roma y Grecia hubo algunas formas democráticas pero fueron limitadas. Al final de la edad media Nicolás Maquiavelo escribió El Príncipe, que fue catalogado como el manual político de su época. Hasta el siglo XVIII, con las revoluciones francesa y americana, los gobiernos eran monárquicos. A partir de allí nació la democracia moderna y se crearon las tres ramas del poder; los congresos o Parlamentos eran elegidos por el pueblo para confeccionar la norma.

LOS ACUERDOS INTERNACIONALES son los pactos que suscriben varios países del mundo sobre una materia en particular: derechos humanos, economía, protección ambiental, control de armas, emisiones atmosféricas, conflictos armado entre otros. Al ser suscritos, por ejemplo por nuestro país, se vuelven obligatorios y se suman a la Constitución, formándose el llamado “bloque de constitucionalidad”

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA, llamada Carta Política, o Norma Superior, es encabezada por el Preámbulo, luego se divide de una parte general o de principios generales y otra orgánica, en la que se detalla toda la estructura del Estado.

Tiene 380 artículos y ha sido reformada varias veces. Posee 13 Títulos:

en el primero se establecen los Principios fundamentales

En el Segundo se detallan los derechos, garantías y deberes de los ciudadanos.

El Titulo III, se refiere a los habitantes y el territorio

El Titulo IV, a la participación democrática y de los partidos políticos.

En el Titulo V se refiere a la organización del Estado

El Titulo VI a la Rama Legislativa

El Titulo VII a la Rama Ejecutiva

El Titulo VIII a la Rama Judicial

El Titulo IX A las elecciones y organización electoral

El Titulo X a los órganos de control

El Titulo XI a la organización territorial

El Titulo XII a la reforma de la Constitución


HISTORIA DE LA EVOLUCIÓN DE LAS CONSTITUCIONES.

1828: SIMÓN BOLÍVAR

q 4 ramas poder público: Legislativo, ejecutivo, judicial y electoral.

q 3 Cámaras en el Congreso: Censores, Tribunos y el Senado.


1843: q Se denominó la Constitución de la Monarquía. q 1 rama del poder = ejecutiva


3. 1853: q Se denominó federalista: División de estados q Creación derechos individuales: libertad de expresión, elección popular de magistrados, tratados internacionales.


4. 1863: q Continúa siendo federalista. q Iglesia vigilada por el Gobierno. q Se prohíbe la pena de muerte. q Periodo del ejecutivo: 2 años


5. 1886: RAFAEL NÚÑEZ Y MIGUEL ANTONIO CARO

q Centralización política.

q Descentralización administrativa.

q República unitaria. q Departamentos los llamó provincias.

q Prohíbe la reelección del presidente.

q 2 Cámaras: Senado y Cámara de Representantes.

q Voto: varón mayor de 21 años.

q Única religión: católica.

q No admitía reforma total.


6. 1936: q Estableció límites de Colombia.

q Dividió el territorio en: departamentos, Intendencias, Comisarías y Municipios.

q Ciudadanía: hombres mayores de 21 años.

q Libertad de conciencia limitada a la moral y a las sanas costumbres.

7. 945: ALBERTO LLERAS CAMARGO

q Creación del Distrito especial de Santa Fé de Bogotá.

q Gobierno: únicamente Presidente y Ministros del despacho.


8. 1957: ROJAS PINILLA

q Igualdad a la mujer en el voto

q Puestos públicos: mitad liberales y mitad conservadores.

q Prohibición empleados públicos = partidos políticos.

q Reglamentación Carrera Administrativa.


1968:

q Corte Suprema de Justicia: control constitucional.

q Congreso = régimen salarial funcionarios públicos.


10. 1984:

q Elección popular de alcaldes, gobernadores, diputados y concejales.


11. 1991:

q Derogó completamente la Constitución de 1886 (Asamblea Nacional Constituyente).

q República: unitaria, descentralizada, democrática y participativa. q Soberanía radica en el pueblo.

q Derechos fundamentales (libertad cultos).

q Mecanismos de participación ciudadana.

q Acción de tutela y populares.

q Creó la Vicepresidencia de la República.

q Periodo Presidencial: 4 años con posibilidad de reelección. Las primeras constituciones de Colombia fueron numerosas y pretendieron la unidad política, con poco éxito La Carta de 1886 logró estabilidad y estuvo vigente más de un siglo.

La Carta de 1991 introdujo novedosas instituciones como la participación democrática, las acciones constitucionales, en especial la tutela, la protección de derechos fundamentales.


Documento elaborado por *Julio Mauricio Londoño. Abogado, Profesor de la Pontificia Universidad Javeriana. Investigador. Profesor de Historia del Derecho. Julio.londono@javeriana.edu.co


A continuación haremos la presentación de varias curiosidades de nuestra historia constitucional, muchas de ellas desconocidas, seguramente el lector podrá encontrar muchas más; ésta es sólo una revisión general.
Cantidad de Constituciones Nacionales: Colombia ha tenido diez constituciones nacionales, en los años 1811; 1821; 1830; 1832; 1843; 1853; 1858; 1863; 1886 y 1991.
Cantidad de Constituciones Provinciales: En el lapso de 1853 a 1856, rigieron en nuestro país más de sesenta y una (61) constituciones provinciales. Posteriormente a la Constitución de 1811 surgieron constituciones provinciales en Cartagena, Tunja, Antioquia, Mariquita y Neiva. La Constitución más corta de nuestra historia: es la del año 1853, que constaba sólo de 64 artículos.
La Constitución más larga de la historia: ha sido la de 1991 con 380 artículos y 60 transitorios.
La Constitución que más duró vigente fue: la de 1886, que rigió entre 1886 y 1991, con más de cien años de antigüedad; en su momento era la segunda Constitución vigente después de la de Estados Unidos en América.
La Constitución que menos tiempo duró vigente fue: la de 1830, que se dice “nació muerta” para el momento en que fue expedida.
Constituciones traducidas a otras lenguas: La Constitución de 1886 y la de 1991 son las únicas que han sido traducidas oficialmente a otras lenguas, la de 1886 al inglés para los habitantes de San Andrés y la de 1991 en todas las lenguas indígenas.
Requisitos para Votar: La Constitución de 1821 establecía que para poder votar se debía ser casado, o mayor de veintiún años, que supiera leer y escribir y que fuera dueño de propiedad raíz con valor superior a cien pesos, o ejercer profesión en clase de jornalero o sirviente. (Artículo 15)
Obligación Constitucional de Negociación de Paz: La Constitución de 1821 establecía que el Congreso tenía como función, requerir al poder ejecutivo para que negocie la paz. (Articulo 17)
Reelección: La Constitución de 1821 prohibía una tercera reelección presidencial sin un período intermedio (Artículo 107) Según el artículo 83 de la Constitución de 1830, el presidente tenía un plazo de 8 años, permitiéndose su reelección con un período de intermedio. La Constitución de 1832 prohibía la reelección, hasta pasado un período. (Artículo 103) El artículo 75 de la Constitución de 1863 prohibía de manera tajante la reelección presidencial. Facultades Curiosas del Presidente: La Constitución de 1821 le otorgaba facultad al presidente de la república para ordenar el arresto de una persona, cuando la seguridad de la república así lo exigiera (Artículo 126)
Cláusula Constitucional de Incomunicación de Prisioneros: La Constitución de 1821 establecía la cláusula de incomunicación, que permitía, como su nombre lo dice; incomunicar al preso. (Artículo 163)
Prohibición Constitucional de Cultos: Según el artículo 7º de la Constitución de 1830, estaban prohibidos todos los cultos que no fueran de la religión católica.
Afectación de la Ciudadanía: Según el artículo 16 de la Constitución de 1830, el goce de los derechos de ciudadano se suspendía por la condición de sirviente doméstico, por la declaración de vago, por ser ebrio de costumbre, y por deudor.
Impedimentos Morales: Según el artículo 76 de la Constitución de 1830, el presidente sería remplazado en caso de incapacidad moral por el vicepresidente.
Nombramiento de Obispos por el Presidente: Según el artículo 85 de la Constitución de 1830, le correspondía al presidente nombrar a los arzobispos y obispos.
Prohibición al Presidente de Destruir la Constitución: Según el artículo 87 de la Constitución de 1830, el presidente era responsable en caso de “cualesquiera maquinaciones para destruir la Constitución de la república o la forma de gobierno establecida por ella” (se cita el texto original).
Facultad Presidencial de Interrogar: La Constitución de 1832 permitía al presidente de la república interrogar a los indiciados en los crímenes. (Artículo 108).
Áreas No Pobladas: La Constitución de 1853 establecía que en la Guajira, en el Caquetá y en otras áreas no pobladas, se podría establecer por ley una organización especial.
Constitución que Descartó a Dios: La Constitución de 1863 es la única de la historia de Colombia donde Dios no aparece en el preámbulo.
Estados Unidos de Colombia: En 1863, la Constitución estableció que nuestro país se llamaría “Estados Unidos de Colombia”.
Incapacidad de las órdenes Religiosas: El artículo 6º de la Constitución de 1863 establecía la incapacidad de las entidades religiosas.
La Constitución más Reformada de la Historia: La Constitución de 1886 fue reformada en más de 68 ocasiones, siendo la más reformada de la historia.
Constitución donde los Ciudadanos eran sólo los Hombres: El texto original de la Constitución de 1886 establecía en su artículo 15 que los ciudadanos eran los “varones mayores de veintiún años”.
Constitución en contra del Alcoholismo: El artículo original 17 de la Constitución de 1886 establecía que se suspendía la ciudadanía por beodez habitual.
Constitución Mamagallista: Según Humberto de la Calle al solicitarle ayuda a Gabriel García Márquez para la redacción de algunos artículos de la Constitución de 1991, respecto al artículo sobre la licencia de maternidad, el Nobel corrigió el proyecto del gobierno que decía: “la ley podrá extenderla a los padres”; argumentando que era necesario el uso del singular, para evitar el chiste obvio relacionado con la concurrencia de diversos padres en una sola gestación, y manifestó: “lo peor que le puede pasar a una Constitución es que le mamen gallo”
Reformas Curiosamente Inconclusas: El artículo 322 de la actual Constitución fue reformado una vez para cambiar el nombre de la capital de la república de Santafé de Bogotá a Bogotá, sin embargo en dicha reforma omitieron cambiar el artículo 324, por lo que actualmente hay dos nombres distintos de capital en la Constitución: en el 322 Bogotá, y en el 324 Santafé de Bogotá.
La Constitución con más Borradores: Las actas de la constituyente de 1991 ocuparon más de 40.000 páginas, se presentaron 152 proyectos de reforma.
Frases Famosas: Se dice que cuando se le consultó a René Higuita acerca de su posible participación en la constituyente, dijo: “me espero a la próxima”.
El Top Diez de los Constituyentes de 1991: Dentro de la Constituyente circuló un cuestionario solicitándoles a los Constituyentes que hicieran una selección de los diez mejores, aquí los resultados: 1. Antonio Navarro; 2. Horacio Serpa; 3. Augusto Ramírez; 4. Juan Carlos Esguerra; 5. Carlos Lleras de la Fuente; 6. Álvaro Echeverri; 7. Rodrigo Lloreda; 8. Gustavo Zafra; 9. Alfonso Palacio Rudas y 10. Aída Abella.
Terminología Rebuscada: En un artículo en la revista Semana, la periodista Maria Isabel Rueda, se queja de la mala redacción de la Constitución y su terminología “rebuscada”, destacando los términos: remuneración mínima, vital y móvil. Y posteriormente afirma que hay unos que parecen “sacados de la feria del terror” como el que prohíbe la tortura y el abuso sexual de los niños.
solo para uso academico


TEMAS DE ÉTICA A DESARROLLAR EN DICIEMBRE.

REGIMEN ECONOMICO Y HACIENDA PUBLICA

LA REFORMA DE LA CONSTITUCION

LA CONSTITUCION VENEZOLANA

EXAMEN FINAL

1 comentario:

paula andrea gutierrez tarazona dijo...

las personas como si han escuchado hablar sobre los derechos humanos, pero realmente no sabemos que son y me incluyo también este vídeo nos ayuda ha entender y a profundizar mas sobre los derechos que tenemos simplemente por ser humanos es fácil decir yo tengo derechos; me los deben respetar, pero es difícil respetar los derechos de las demás personas gracias. paula gutierrez financiera